ORDENANZA Nº 070/2011
VISTO Y CONSIDERANDO:La nota elevada a este cuerpo por el Departamento Ejecutivo Municipal con fecha 20 de mayo de 2011.
Que en la misma solicita la modificación de la ordenanza Nº 355/2004
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DELARROQUE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Modifíquese el Artículo 2º de la Ordenanza Nº 355/2004, que quedará redactado de la siguiente forma:
Artículo 2º: Prohíbase la pulverización con productos agroquímicos como fungicidas e insecticidas sobre los cultivos que se encuentran contemplados en el Artículo 1º a una distancia de 500 m (quinientos metros) de la planta urbana.
ARTÍCULO 2º: Comuníquese, regístrese, archívese, etc.
SALA DE SESIONES, 23 de noviembre 2011.
PRESIDENTE: Olivera Oscar Orlando
SECRETARIA: Irigoyen Daniela Carolina
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